Andrés Bello: el genio gramócrata

Una de las bondades de ser ignorante, medianamente listo y enormemente motivado es que, si te lo propones, puedes aprender casi cualquier cosa. Me explico: desde hace ya algún tiempo me rondaba la pregunta en la cabeza sobre cómo Andrés Bello pudo conciliar su tradición intelectual inglesa, con la fuerte influencia intelectual francesa y la picaresca idiosincrasia hispánica del Chile del siglo diecinueve, a partir de su peculiar filosofía del derecho.
Ustedes se preguntarán: ¿a quién carajo le rondan este tipo de preguntas en la cabeza? Y bueno…, solo me queda decir que a alguien muy ocioso que intenta comprender las claves de la realidad de su tiempo. En este sentido, tuve la suerte de que el CEP junto al Fondo de Cultura Económica sacaran la primera publicación de la colección Pensadores e ideas que, justamente, trata sobre la figura e influencia del pensamiento de Andrés Bello a modo introductorio. Es decir, una colección que sirve para sumergirse en la biografía y el intelecto de personajes complejos, la cual nos ayuda a descifrar sus genios.
El librito se llama: “Andrés Bello: orden y libertad en la Hispanoamérica independiente”, escrito por el premio nacional de historia Iván Jaksic. Este libro, como el resto de la colección, son verdaderos canapés. O sea: impresiones sabrosas, intensas y diminutas con un estilo ameno y accesible y de no más de 200 páginas en formato bolsillo. Ciertamente, un trabajo de precisión y síntesis que solo los grandes gramócratas pueden conseguir y, sin duda, el viejo Jaksic es uno de ellos.
Este libro consta de 7 capítulos y una conclusión que defiende la tesis expuesta en el título o, en otras palabras, ensaya cómo el bueno de Jaksic justifica la imperiosa necesidad de Andrés Bello de imponer orden en un Chile, y una Hispanoamérica, tan convulsionada y anárquica, que hacía gárgaras con la idea de libertad entendida como autodeterminación en lugar de comprenderla como convivencia armónica reconciliadora con su pasado. Pero bueno…, independientemente de si esta tesis es cierta o no, a mi lo que realmente me intriga es lo que afirmé al comienzo. Es decir: ¿cómo Andrés Bello pudo conciliar todas esas tradiciones para elaborar su propia filosofía del derecho?
Por esta razón, conseguí el libro de Jaksic para cerciorarme por medio del índice si algún capítulo ensayaba, de alguna forma, una respuesta al respecto. Y ¡vualá!, resulta que el capítulo sexto: “El imperio de la ley”, ofrece una pincelada oportuna sobre cómo entender al genio gramócrata de Bello y la gramática social que él vislumbraba para las nacientes naciones hispanoamericanas de entonces. Veamos de qué se trata.
Antes de resumir el capítulo, he de lanzarme a la piscina con una hipótesis. La hipótesis es la siguiente: Se sabe, porque hasta yo lo sé, que en un comienzo Andrés Bello era realista o pro-monárquico y luego se pasó al bando republicano de la época. Estamos hablando de gran parte del siglo diecinueve, particularmente en su segunda mitad, cuando Bello acabó de confeccionar el código civil que Chile necesitaba. Por lo tanto, la pregunta cae de cajón:
¿Qué hizo a Bello cambiar de opinión? Aquí va mi hipótesis: Bello cambió de opinión porque supo cómo conciliar, compatibilizar, conjugar las tres tradiciones de las que hablamos: la inglesa, la francesa y la española. En adelante, ilustraré el mecanismo que utilizó el gran Andrés Bello para conseguirlo. Pero primero es lo primero, la historia según Jaksic.
Grosso modo, Jaksic afirma que el siglo diecinueve para Chile y el resto de Hispanoamérica fue un siglo de ensayo y error en cuanto a la conformación de naciones. Convulso políticamente debido a que muchos liberales, en su afán de independencia y autodeterminación nacional, pretendían hacer borrón y cuenta nueva a lo que fue la colonia, mientras que otros, los conservadores, buscaban respetar sus bases. Ante esta disputa de época se encontraba Bello, el intelectual temeroso del poder que forjó a pluma y tinta el destino de Chile.
Pese a sus intereses particulares, los que consideraban que la reforma judicial era más importante que la civil, se embarcó en la redacción de esta última. Según Jaksic, esta decisión de Bello se debe a la influencia de Jeremy Bentham en él. Pero cabe preguntarse ¿cómo Bentham influyó en Bello? En simple, lo influyó de la siguiente manera:
Bello, además de ser un utilitarista en lo moral, fue influenciado por inglés, seguramente y especulo, por sus escritos contra el colonialismo francés y español, pero por sobre todo, por los escritos empiristas sobre el gobierno que hablaban de la reforma de la ley, que, básicamente, defienden la idea de codificar las costumbres para hacer respetar las leyes y que estás, las leyes, no son más que invenciones útiles para conseguir mayor placer y libertad.
Y es aquí donde ofrezco una prueba determinante que justifica parte de mi hipótesis. A saber: Bello fue capaz de captar que las leyes no son más que la codificación de costumbres y que, por lo tanto, si queremos cambiar costumbres debemos, por consiguiente, cambiar las leyes. Sin embargo, Bello sabe que el ritmo de este cambio importa muchísimo.
Jaksic continúa su relato retratando el conflicto de la década de 1830, entre aquellos que querían extirpar las leyes coloniales y aquellos que querían mantenerlas. Fue entonces, nos dice Jaksic, que Bello logró conciliar ambas posturas. Pero ¿cómo…?, he aquí lo interesante. Para Jaksic, Bello fue un reformista. Para mí, en cambio, Bello fue un sastre. Me explico: producto a que Bello comprendió la filosofía del derecho de Bentham, es decir, que el trabajo de codificar costumbres en leyes hace que necesariamente respetemos las costumbres, decidió conservar las formas de las Siete Partidas españolas que, hasta entonces, tenían el peso de norma social en Chile.
Sin embargo, bajo el mismo principio de Bentham, también comprendió que pese a conservar la estructura general del código preexistente podría, en determinados puntos, hacer modificaciones de derecho para cambiar los hechos, o sea: las costumbres. Este mecanismo en su época fue revolucionario, pues el bueno de Bello supo cómo conciliar a todas las partes y, además, conseguir que las costumbres cambien en favor de un liberalismo clásico, estilo Locke.
¿Pero cómo lo hizo? En simple, basándose en el Código Napoleónico, la creme de la creme en la época. De esta forma, Bello mantuvo muchas costumbres, cambio otras y, más encima, codificó tales costumbres en leyes inspiradas en lo más vanguardista de la época, provocando, por consecuencia, que las costumbres no tuvieran fuerza de ley o, lo que es lo mismo, que la ley sea la que se transforme en costumbre. ¡Brillante!
En este sentido, también debemos reconocer la influencia de Benjamin Constant, Diputado liberal francés, en Bello. Su influencia es evidente cuando pensamos en la decisión que tomó este último en mantener gran parte de las leyes y cambiar solo algunas, las más determinantes. Es conocido el discurso de Constant sobre “La libertad de los antiguos comparada con la de los modernos”. Desde ahí, el liberal francés, básicamente, postula la necesidad de una democracia representativa como el mejor sistema de gobierno a partir de los diferentes conceptos de libertad que se entienden del término.
Además, reconoce la importancia de la igualdad ante la ley y la necesidad de los derechos civiles. Sin embargo, y he aquí el gran detalle, debemos reconocer que Constant está fuertemente inspirado en la filosofía política inglesa de entonces. Y fue, sin lugar a duda, este círculo virtuoso entre la filosofía del derecho de Bentham, la necesidad de orden en Hispanoamérica y el concepto de libertad de Constant, lo que permitió a Bello cuadrar el círculo. En otras palabras, el orden para Bello no es otra cosa que ir manteniendo y cambiando a la vez, poco a poco, las costumbres por medio de las leyes. He ahí su gramática social y su verdadera filosofía del derecho.
En conclusión, podemos afirmar categóricamente que lo hecho por Bello fue una verdadera revolución. Revolución que significó que el código civil haya sido utilizado en gran parte del cono sur de nuestro continente. El código de Bello estipula el principio de igualdad civil, el derecho de propiedad, la libre conformación de contratos sin distinciones de raza, clase o nacionalidad, entre otras innovaciones legales. Fue tan brutal su importancia que produjo que la figura del genio gramócrata de Bello se ramificó por el mundo.
Finalmente, solo cerrar con lo siguiente: Bello, al igual que un sastre, utilizó la tela del códex alfonsino para crear un código civil nacional a la medida de lo que necesitaba Chile en aquel entonces. Sin embargo, la horma de este traje a la medida fue la utilización del Código Napoleónico. Mientras que el corte del traje fue la vanguardista filosofía política y del derecho de la época. En otras palabras, y como bien dice el bueno de Joaquín Trujillo Silva, solo un genio gramócrata puede confeccionar a puño y letra algo como eso. En fin…, ¿fue entonces Bello un “conservador liberal”? Puede que sí, si es que eso existe, claro. Sin embargo, y pese a este calificativo, el bueno de Bello fue antes algo mucho más simple: ¡un verdadero ilustrado!